Saltar al contingut Saltar a la navegació Informació de contacte

Realización de los informes propuesta de extranjería El Ayuntamiento realiza los informes propuesta de extranjería según la instrucción SIMC/TSF/1/2017de la Generalitat de Catalunya: Informe de adecuación de la vivienda (INF01), informe de arraigo social (INF02), informe de integración social (INF03) e informe de adecuación de la vivienda para renovar autorizaciones de residencia (INF04). https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

Realización de los informes propuesta de extranjería

El Ayuntamiento realiza los informes propuesta de extranjería según la instrucción SIMC/TSF/1/2017de la Generalitat de Catalunya: Informe de adecuación de la vivienda (INF01), informe de arraigo social (INF02), informe de integración social (INF03) e informe de adecuación de la vivienda para renovar autorizaciones de residencia (INF04).

Todos los informes deben solicitarse por vía instancia a la OAC o mediante la sede electrónica del Ayuntamiento, adjuntando la solicitud correspondiente y la documentación necesaria.

  

INF01: INFORME DE ADECUACIÓN DE LA VIVIENDA

  • ¿Qué es?

El informe acredita que se dispone de una vivienda adecuada y que ésta cumple las condiciones de habitabilidad reguladas en el Decreto 14/2012 (DOGC de 2 noviembre de 2012).

  • ¿Para qué sirve?

El informe de adecuación de la vivienda es necesario para solicitar un reagrupamiento familiar.

  • ¿Quién puede solicitarlo?

Personas empadronadas en Rubí, extranjeras extracomunitarias, mayores de edad, que dispongan de una autorización de residencia renovada o en proceso de renovación.

  • ¿Qué documentación debe presentarse?
  • Solicitud cumplimentada y firmada.
  • Justificante del pago de la tasa de la Generalidad (importe a pagar: 38,60 €). *En el momento de registro en el Ayuntamiento de Rubí (OAC), también tendrá que pagar otra tasa por valor de 52'15 €.
  • Certificado de empadronamiento de la unidad de convivencia.
  • NIE de la persona solicitante (en vigor).
  • Pasaporte de la persona solicitante y de todas las personas a las que quiere reagrupar (primera página y en vigor).
  • Documentación que demuestre el vínculo familiar (libro de familia, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento, entre otros).
  • Escritura o contrato de alquiler de la vivienda.
  • Recibo del último mes pagado (hipoteca o contrato de alquiler).
  • Último recibo correspondiente a algunos de los suministros de la vivienda (luz, agua, gas, entre otros).

* Las personas a reagrupar, mayores de edad, no se pueden encontrar en situación administrativa irregular en el Estado Español.

   

INF02: INFORME DE ENRAJAMENTO SOCIAL

  • ¿Qué es?

Documento que hace constar el tiempo de permanencia en el Estado español, los vínculos familiares, los medios de vida o los programas de inclusión y formación que se han llevado a cabo.

  • ¿Quién puede solicitarlo?

Personas extranjeras no comunitarias mayores de edad, en situación administrativa irregular y empadronadas en Rubí en el momento de la solicitud que puedan acreditar su residencia en España durante al menos tres años.

Existen exenciones tal y como se indica en la Instrucción SIMC/TSF/1/2017.

  • ¿Para qué sirve?

Para regularizar la situación administrativa de la persona y obtener así un permiso de residencia o residencia y trabajo.

  • ¿Qué documentación debe presentarse?

Enraizamiento social con autorización de trabajo

  • Solicitud cumplimentada y firmada.
  • Pasaporte (primera página y en vigor).
  • Volante histórico de padrón donde justifique los 3 años continuados de residencia en territorio español (ausencias no superiores a 120 días).
  • Contrato de trabajo:
    • Que garantice el Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
    • Jornada laboral de mínimo 30h/semanales (Excepción: si se tienen menores a cargo o personas que necesitan medios de soporte, el contrato podrá ser de 20h/semanales).
    • Se pueden presentar más de un contrato en dos supuestos:
      • En el sector agrario: contratos concatenados en el tiempo.
      • Pueden presentarse contratos de trabajo parciales de una o diferentes actividades, siempre que el total de las retribuciones sean el SMI.
  • Certificado conforme ha cursado catalán A1 o superior (mínimo 45h) en el Servicio Local de Catalán (CNL) o escuela de adultos o con el ayuntamiento.
  • Otros certificados de español, formativos, etc.
  • Justificantes de haber estado vinculado a alguna red de voluntariado, etc.

Enraizamiento social sin autorización de trabajo

  • Solicitud cumplimentada y firmada.
  • Pasaporte (primera página y en vigor).
  • Volante histórico de padrón donde justifique los 3 años continuados de residencia en territorio español (ausencias no superiores a 120 días).
  • Estar exento de aportar un contrato de trabajo siempre que se disponga de medios económicos de familiares directos (cónyuge, pareja de hecho, ascendente y descendiente de primer grado y online directa) que representen al menos el 100% del IMV con carácter anual.
    • En este caso es necesario el NIE del familiar que presenta los medios económicos, el contrato de trabajo, el certificado de empadronamiento de la unidad de convivencia y el documento que demuestre el vínculo familiar (libro de familia, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento , entre otros).
  • Certificado conforme ha cursado catalán A1 o superior (mínimo 45h) en el Servicio Local de Catalán (CNL) o escuela de adultos o con el ayuntamiento.
  • Otros certificados de español, formativos, etc.
  • Justificantes de haber estado vinculado a alguna red de voluntariado, etc.

   

INF03: INFORME DE INTEGRACIÓN SOCIAL

  • ¿Qué es?

Valora, en su globalidad, el esfuerzo de integración que ha realizado la persona durante su estancia en el país.

  • ¿Para qué sirve?

Es necesario para la renovación de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo.

  • ¿Quién puede solicitarlo?

Personas extranjeras extracomunitarias empadronadas en Rubí que deben renovar o modificar el permiso de residencia temporal, y que no cumplen alguno de los requisitos previstos para su renovación.

  • ¿Qué documentación debe presentarse?
    • Solicitud cumplimentada y firmada.
    • Pasaporte (primera página y en vigor).
    • NIE en período de renovación (60 días antes o 90 días después de la fecha de caducidad).
    • Volante histórico de padrón donde justifique los 3 años continuados de residencia en territorio español (ausencias no superiores a 120 días).
    • Contrato de trabajo.
    • Informe de vida laboral actualizado.
    • Inscripción como demandante de empleo.
    • Certificado conforme ha cursado catalán A2 o superior (mínimo 45h) en el Servicio Local de Catalán (CNL) o escuela de adultos o con el ayuntamiento*
    • Otros certificados de español, formativos, etc.
    • Justificantes de haber estado vinculado a alguna red de voluntariado, etc.
    • La persona extranjera solicitante podrá acompañar a la solicitud de cualquier documento que, según su criterio, sea determinante de su integración social.

* Si la persona no habla el catalán, el certificado que debe acreditar es de 90 h.

   

INF04: INFORME DE ADECUACIÓN DE LA VIVIENDA PARA RENOVAR AUTORIZACIONES DE RESIDENCIA

  • ¿Qué es?

El informe acredita que se dispone de una vivienda adecuada y que cumple las condiciones de habitabilidad reguladas en el Decreto 14/2012 (DOGC de 02 de noviembre de 2012)

  • ¿Para qué sirve?

Para renovar autorizaciones de residencia en virtud de reagrupación familiar cuando ha habido un cambio de domicilio respecto a la vivienda en la que se efectuó la reagrupación.

  • ¿Quién puede solicitarlo?

Personas empadronadas en Rubí, extranjeras no comunitarias, mayores de edad, que dispongan de una autorización de residencia renovada y que hayan cambiado de vivienda respecto a la que se acreditó en el momento de la reagrupación.

  • ¿Qué documentación debe presentarse?
    • Solicitud cumplimentada y firmada.
    • Justificante del pago de la tasa de la Generalidad (importe a pagar: 38,60 €). En el momento de registro en el Ayuntamiento de Rubí (OAC), también tendrá que pagar otra tasa por valor de 52'15 €.
    • Certificado de empadronamiento de la unidad de convivencia.
    • NIE de la persona solicitante (en vigor).
    • Pasaporte de la persona solicitante y de todas las personas a las que quiere reagrupar (primera página y en vigor)*
    • Documentación que demuestre el vínculo familiar (libro de familia, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento, entre otros).
    • Escritura o contrato de alquiler de la vivienda.
    • Recibo del último mes pagado (hipoteca o contrato de alquiler).
    • Último recibo correspondiente a algunos de los suministros de la vivienda (luz, agua, gas, entre otros).

* Las personas a reagrupar, mayores de edad, no se pueden encontrar en situación administrativa irregular en el Estado Español.

   

¿Adónde tienes que dirigirte para hacer la instancia?


Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC)
 
C. Narcís Menard, 13-17
 93 588 70 00
 oac@ajrubi.cat para solicitar información y/o consultas

     

Es necesario pedir cita previa en este enlace.

*Estos trámites también se pueden solicitar por la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Rubí.

¿Te ha resultado útil esta página?

1
2