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Identificación y censo La identificación de los animales de compañía posibilita su recuperación en caso de pérdida, mientras que su inscripción en el censo permite poder dimensionar los servicios que ofrece el Ayuntamiento en este ámbito. https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

Identificación y censo

La identificación de los animales de compañía posibilita su recuperación en caso de pérdida, mientras que su inscripción en el censo permite poder dimensionar los servicios que ofrece el Ayuntamiento en este ámbito.

Tal como se establece en la Ordenanza reguladora de la tenencia de animales del Ayuntamiento de Rubítodos los propietarios y propietarias de un animal de compañía (perros, gatos y hurones) deben:

Identificar a su animal con un microchip homologado. Esta identificación se puede hacer en cualquier centro o clínica veterinaria.

Censarlo. Si el animal reside de manera habitual en Rubí, deberá inscribirse en el Registro municipal de animales de compañía. Este trámite se podrá hacer en cualquiera de las oficinas de atención a la ciudadanía (OAC) de la ciudad. La inscripción en el censo se realizará en el plazo máximo de tres meses desde el nacimiento del animal o bien de treinta días naturales desde la fecha de adquisición o del cambio de residencia.

 

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Puedes encontrar toda la información relacionada con el trámite de inscripción en el Registro municipal de animales de compañía en el apartado de trámites y gestiones de la Sede electrónica. También puedes consultar la información de las tasas que gravan la tenencia de animales

 

 

Consulta el censo municipal de animales de compañía en datos abiertos

 

Dades obertes cens.JPG

 

Consulta la normativa

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