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Más de 700 familias piden ayudas para pagar el alquiler El año pasado, el 88,96% de los solicitantes recibieron la ayuda que otorga el Ministerio de Fomento y la Generalitat de Catalunya https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

Más de 700 familias piden ayudas para pagar el alquiler

El año pasado, el 88,96% de los solicitantes recibieron la ayuda que otorga el Ministerio de Fomento y la Generalitat de Catalunya

El número de solicitudes aumenta cada año.
El número de solicitudes aumenta cada año

La Oficina Local de Vivienda ha recibido 738 solicitudes para optar a las subvenciones para el pago del alquiler que otorgan el Ministerio de Fomento y la Generalitat de Catalunya. Esta cifra representa un aumento del 7,11% respecto al número de solicitudes registradas el año pasado, que fueron 689. El crecimiento de las demandas es todavía más significativo si se comparan con los datos del año 2016, cuando se presentaron solo 399 peticiones. El año 2017 se registraron 571 demandas. Entre 2016 y 2019, el número de solicitudes prácticamente se ha doblado.

Durante las próximas semanas la Generalitat evaluará las solicitudes presentadas y se prevé que dé respuesta a las personas interesadas durante el último trimestre del año.

El año 2018 el 88,96% de las personas solicitantes, 613, recibieron la ayuda al alquiler, que puede ir entre los 20 euros y los 200 euros mensuales.

Las ayudas al alquiler del Ministerio de Fomento y la Generalitat van destinadas a personas titulares de un contrato de arrendamiento que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener la residencia legal en Catalunya.
  • Tener unos ingresos de la unidad de convivencia suficientes para poder pagar el alquiler, y que los del año 2017 no superen los 22.558,77 €. Esta cantidad variará en función de la unidad de convivencia, excepto en los supuestos de víctimas de terrorismo.
  • Ser titular del contrato de alquiler de la vivienda objeto de la subvención que constituye su domicilio habitual y permanente y estar empadronado.
  • No pagar un alquiler mensual de la vivienda superior a 750 euros o de 900 euros en el caso de familias numerosas
  • Tener domiciliado el cobro de la subvención en una entidad financiera.
  • Estar al corriente del pago de las rentas de alquiler en el momento de presentar la solicitud.
  • Pagar el alquiler de la vivienda a través de entidad bancaria por medio de transferencia bancaria, recibo domiciliado, ingreso en cuenta o recibo emitido por el administrador de la finca, como mínimo a partir del mes siguiente a la fecha de presentación de la solicitud.
  • No estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones en conformidad con el artículo 13 de la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat de Cataluña y las obligaciones con la Seguridad Social.