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El lunes se abre el terminio para optar a las ayudas al IBI El plazo para pedir estas subvenciones se abre del 18 de junio al 31 de julio. Las solicitudes se tienen que presentar a la Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC) https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

El lunes se abre el terminio para optar a las ayudas al IBI

El plazo para pedir estas subvenciones se abre del 18 de junio al 31 de julio. Las solicitudes se tienen que presentar a la Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC)

Las peticiones se deberán presentar en la OAC.
Las peticiones se deberán presentar en la OAC

La ciudadanía podrá solicitar ayudas económicas que ofrece el Ayuntamiento para hacer frente al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a partir de lunes. Este año, el plazo para pedir estas subvenciones se alarga del 18 de junio al 31 de julio. Los rubinenses interesados tienen que presentar una solicitud en la Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC)

Un año más, se mantiene la universalidad de las ayudas que se implantó en el 2015. Así pues, no hay que formar parte de ningún colectivo específico —personas mayores, parados, familias monoparentales o numerosas, etc.— para poder acceder a ellas. Además, se mantienen los cambios introducidos para intentar llegar a un mayor número de rubinenses, como por ejemplo el hecho que se puede optar a las ayudas a pesar de constar como propietario de otra finca, siempre que esta haya sido adquirida por herencia familiar de primer grado y las personas que vivan también sean familiares de primer grado. También se han establecido diferentes tramos de ingresos a la hora de otorgar las ayudas, con el objetivo de abrazar un mayor número de beneficiarios.

Las ayudas prevén sufragar hasta el 50 % del recibo del IBI y hasta un límite de 250 euros. Para acceder hay que cumplir los requisitos siguientes:

  • Estar empadronado en la ciudad, en la vivienda para el cual se solicita la ayuda, con una antigüedad mínima de un año.
  • Estar obligado al pago del IBI por un único inmueble en Rubí, que tiene que ser la vivienda habitual. Se considera que una plaza de aparcamiento y un trastero forman parte de la vivienda habitual siempre que no superen los 12.000 euros de valor catastral en el caso del aparcamiento y los 15.000 euros si también se incluye el trastero.
  • Las bases de este año permiten tener otras propiedades urbanas siempre que la propiedad haya sido adquirida a través de una herencia familiar de primer grado y los residentes sean también familiares de primer grado.
  • Si se es propietario de fincas rústicas, la suma de los valores catastrales de todas no puede superar los 5.000 euros.
  • Para optar a las ayudas, se tiene que estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Rubí, Hacienda y la Seguridad Social.
  • Los límites de renta para el año 2017 oscilan entre 12.748,37 euros en el caso de familias con un único miembro y 22.309,64 euros para las familias con siete miembros o más.
  • En el supuesto de que haya alguna persona con discapacitado al núcleo familiar, este baremo se incrementa en un 10 %.
  • Las familias monoparentales también disfrutan de un incremento del 10 %.
  • Cuando se tengan cargas hipotecarias o de alquiler, este baremo se incrementa en 2.000 euros en el tramo que le corresponda.