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El Ayuntamiento abre a consulta pública la ordenanza que regulará el servicio de abastecimiento de agua y alcantarillado Las aportaciones se pueden realizar a través de la plataforma Participa Rubí hasta el 29 de abril https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

El Ayuntamiento abre a consulta pública la ordenanza que regulará el servicio de abastecimiento de agua y alcantarillado

Las aportaciones se pueden realizar a través de la plataforma Participa Rubí hasta el 29 de abril

Los servicios de abastecimiento de agua y alcantarillado se consideran servicios mínimos obligatorios (foto: Ayuntamiento de Rubí – Localpres).
Los servicios de abastecimiento de agua y alcantarillado se consideran servicios mínimos obligatorios (foto: Ayuntamiento de Rubí – Localpres)

El Ayuntamiento de Rubí ha abierto a consulta pública la Ordenanza de prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario del ciclo del agua para que la ciudadanía pueda realizar sus aportaciones antes de que se lleve a aprobación al Pleno municipal. Con este texto, el Consistorio establecerá el régimen jurídico aplicable para la prestación de los servicios de abastecimiento de agua y de alcantarillado.

Se trata de servicios mínimos obligatorios regulados en el artículo 26.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LRBRL). Tanto el servicio de abastecimiento domiciliario de agua potable como de alcantarillado son de titularidad municipal, pero la prestación la realiza la mercantil Sociedad General de Aguas de Barcelona SAU (AGBAR) mediante un contrato de concesión de la gestión de los servicios.

Concretamente, con la nueva ordenanza se pretende regular los requisitos, condiciones y precios del servicio de abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado y servicios, trabajos y suministros complementarios; incorporar nuevas disposiciones relacionadas con la tarificación social; regular el fraude y disponer de medidas aplicables en situación de sequía.

Aparte de regular la prestación de estos servicios, la ordenanza también supondrá la adecuación del texto normativo a la legislación vigente, ya que hasta el momento se disponía de dos ordenanzas fiscales (OF15 y OF31) y actualmente ─y de conformidad con lo que dispone el artículo 20.6 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales─ hay que disponer de una ordenanza no fiscal.

 

Consulta pública

El Ayuntamiento habilita esta consulta previa a través de la plataforma Participa Rubí para crear un espacio de interlocución entre la ciudadanía y la Administración para que los y las rubinenses puedan aportar sus opiniones, necesidades y propuestas con el objetivo de valorar la inclusión de todos aquellos aspectos que sean de interés general por la ciudadanía en el texto normativo.

Las aportaciones se pueden realizar hasta el 29 de abril.

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