La limpieza de calles debe realizarse con el mínimo gasto de agua (imagen de archivo: Ayuntamiento de Rubí – Lali Puig)

Rubí se dota de un plan para gestionar el uso del agua en episodios de sequía

La alcaldesa ha publicado un bando que recoge las recientes limitaciones y restricciones dictadas por la Agencia Catalana del Agua

El Pleno del Ayuntamiento de Rubí ha aprobado, en la sesión ordinaria correspondiente al mes de noviembre, el Plan de emergencia en situación de sequía. Se trata de un documento que planifica la gestión del agua del municipio en los diferentes escenarios en los que la Agencia Catalana del Agua (ACA) declare la situación de sequía.

El objetivo es establecer un protocolo estable, que permita a los distintos servicios gestionar estas situaciones de forma coordinada. La existencia de este documento permitirá a la ciudadanía conocer las medidas a aplicar con mayor anticipación y seguridad, garantizando así una mejor eficacia de estas medidas.

El plan pretende minimizar los impactos ambientales, económicos y sociales de las situaciones de sequía. A nivel más específico, también persigue:

  • Garantizar las dotaciones de agua para el abastecimiento urbano, de uso doméstico, requeridas para asegurar la salud y bienestar de la población, también en episodios críticos.
  • Minimizar las restricciones a los caudales circulantes en los ríos y aportaciones de agua a los ecosistemas y espacios naturales asociados al medio hídrico. Por lo general, minimizar los efectos negativos sobre el estado de las masas de agua.
  • Minimizar los daños económicos en las actividades que utilizan el agua como factor de producción (riego, usos industriales y otros usos), así como en otros que se relacionen a través del tejido económico del país.

Este plan sólo contempla medidas de restricción de los consumos en las fases de sequía hidrológica –en estados de alerta, excepcionalidad o emergencia–. También define un estado de prealerta, que no conlleva limitaciones a las personas usuarias, pero sí lleva asociadas ciertas acciones preparatorias a nivel de organización interna y comunicación de datos.

La declaración de los estados de sequía hidrológica corresponde a la Dirección de la Agencia Catalana del Agua (ACA).

Justamente, este organismo ha declarado la alerta por sequía en la unidad de explotación "10 embalses del Llobregat, 12 Embalses del Ter o 13 Embalses del Ter-Llobregat", que incluyen todos aquellos municipios que dependen, como fuente principal de abastecimiento, del conjunto de embalses del Ter y el Llobregat, entre los que se encuentra Rubí.

 

Bando municipal

En este sentido, la alcaldesa, Ana María Martínez Martínez, ha dictado un bando que recoge las limitaciones y restricciones dictadas por la ACA.

Así, se ha establecido una limitación del consumo global de agua para el abastecimiento que, en el caso de Rubí, no puede superar una dotación máxima equivalente de 286 litros por habitante y día, incluyendo actividades económicas y comerciales.

En cuanto al riego de zonas verdes y áreas deportivas, debe hacerse sólo en el horario de menor insolación (de 20 a 8 h), es necesario evitar el riego durante momentos de lluvia en el caso de los riegos particulares, no puede superarse una dotación de 45 litros/m2/mes y puede realizarse máximo dos días a la semana. También queda prohibido el llenado total o parcial de fuentes ornamentales, lagos artificiales y otros elementos de uso estético del agua.

En el caso del riego municipal, el Ayuntamiento lleva semanas teniendo en cuenta la previsión de falta de lluvia, disminuyendo el consumo de agua para este fin.

Por lo que respecta a la limpieza de calles, pavimentos y fachadas, se prohíbe a los particulares la limpieza de estos espacios y elementos utilizando mangas de agua u otros sistemas que utilicen una lámina de agua para arrastrar la suciedad ─la prohibición no incluye la limpieza con fregona, con cubo y esponja o con sistemas de limpieza de alta presión─. Los servicios municipales deben realizar la limpieza con el mínimo gasto de agua indispensable y priorizando, cuando sea posible, el uso de agua no procedente de la red de abastecimiento de agua potable.

La limpieza de vehículos sólo podrá realizarse en aquellos establecimientos comerciales dedicados a esta actividad que cuenten con sistemas de recirculación del agua. Fuera de estos espacios, se permite únicamente la limpieza de los cristales, espejos, retrovisores, luces y placas de matrícula mediante el uso de esponja y cubo. También se permite la limpieza de vehículos fuera de establecimientos comerciales si es necesario para mantener la seguridad y salud de las personas y animales. En cualquier caso, esta acción se realizará con la mínima utilización de agua posible.

Por lo que respecta a las actividades económicas y comerciales, se reducirá en un 5% el consumo de agua destinado a usos industriales y comerciales y en un 25% el consumo de agua destinado a riego agrícola. El uso en granjas de agua procedente de la red de abastecimiento de agua potable queda limitado a las cantidades necesarias para el abrevado y limpieza de los animales, así como para la limpieza del recinto

También se establecen limitaciones en el caso de llenado de piscinas.