31-36. Cómo hacer Instalaciones colectivas y compartir energía. Preguntas 31 a 36
Una instalación puede ser propiedad, y a beneficio de, una sola vivienda o, también, de varias viviendas.
La producción de una instalación se puede repartir (balance administrativo de la energía producida en las facturas respectivas) con varios contadores, con ciertas condiciones.
No importa si son de viviendas --lo más habitual-- de la misma finca o edificio, o de otras ubicaciones y edificios de la misma ciudad.
Se puede compartir energía producida hasta a un radio de 5 km on-line recto.
Prácticamente puedes recibirla de cualquier instalación de Rubí.
Pueden incluirse también suministros de locales, aparcamientos u otros usos no residenciales.
Las instalaciones colectivas, bien dimensionadas en función de la demanda conjunta, son más económicas y de màs fácil amortización generalmente.
Así pues, existen diferentes modalidades de instalaciones que nos pueden servir para ahorrar dinero y emisiones.
Las últimas preguntas de esta sección de preguntas frecuentes se centran en las instalaciones colectivas que comparten energía con más de un beneficiario.
- 31. ¿Quién puede participar en una fotovoltaica compartida?
- 32. ¿Cómo se toma, legalmente, la decisión para poner una fotovoltaica compartida en un tejado comunitario?
- 33. ¿El suministro de servicios comunes del edificio se beneficia del reparto de energía?
- 34. ¿Cómo repartir entre viviendas la inversión (coste) y energía producida (beneficio) en una fotovoltaica compartida? ¿Se pueden añadir después más viviendas?
- 35. ¿Cómo se calcula el reparto de la energía producida?
- 36. ¿Cómo optimizar al máximo los kWh producidos que me tocan?