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Bonificaciones fiscales El Ayuntamiento de Rubí ofrece diferentes bonificaciones fiscales para las empresas e industrias del municipio. ¡Consúltalas aquí! https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

Bonificaciones fiscales

El Ayuntamiento de Rubí ofrece diferentes bonificaciones fiscales para las empresas e industrias del municipio. ¡Consúltalas aquí!

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)


  • Bonificación del 50% para empresas que instalen sistemas para el aprovechamiento de energía proveniente del sol para el autoconsumo.
  • Bonificación del 5% para aquellas actividades que utilicen energía a partir de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables.
  • Bonificación para implantar un Plan de desplazamiento de empresa con el objetivo de reducir el consumo de energía y las emisiones.

 Ordenanza Fiscal n.º 4 

 

Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)


  • Bonificación del 95% de la cuota del impuesto por las obras destinadas a la nueva construcción de locales industriales, derivada del traslado a zonas cualificadas expresamente como industriales.
  • Disfrutarán de una bonificación del 95% de la cuota las obras que tengan como finalidad renovar y rehabilitar locales comerciales, siempre que se trate de establecimientos de comercio al por menor y continúen realizando la misma actividad, salvo que sean bares, restaurantes, farmacias y establecimientos comerciales con superficie igual o superior a 400 m2.
  • Bonificación del 95% de la cuota por el cambio de letreros motivados por la catalanización de su mensaje.
  • Se concederá una bonificación del 95% de la cuota del impuesto para las construcciones, instalaciones y obras en las cuales se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.

  Ordenanza Fiscal n.º 6

 

Tasa por licencias urbanísticas


  • Quedaran exemptes de pagament de la taxa les obres per a les instal·lacions fotovoltaiques per autoconsum en edificacions existents, i que no estiguin obligades per cap normativa.

 Ordenanza Fiscal n.º 17

 

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)


  • Bonificación del 75% sobre la cuota para los vehículos que dispongan de etiqueta CERO.
  • Bonificación del 50% sobre la cuota para los vehículos que dispongan de etiqueta ECO.

 Ordenanza Fiscal n.º 5 

 

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