¿No has encontrado la información que necesitas y quieres solicitarla? Si tienes más de 16 años, aquí encontrarás el enlace al trámite que te permitirá ejercer tu derecho a hacerlo.

 

Solicitud de acceso

Con este trámite se puede ejercer el derecho de acceso a la información pública que reconoce la Lley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

El derecho de acceso a la información pública se puede ejercer a partir de los dieciséis años.

Es un trámite gratuito siempre que los datos se consulten en el lugar donde se encuentran depositados o si existen en formato electrónico.

Trámite telemático de solicitud de acceso a la información pública (Sede electrónica del Ayuntamiento de Rubí) Se necesita un certificado digital para realizar la solicitud.

Trámite presencial: se puede realizar el trámite rellenado la solicitud de acceso y presentarla en cualquiera de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (OAC). Horarios y dirección OAC Centro y OAC Les Torres. Dada la situación sanitaria actual, se recomienda que em lo posible se hagan las consultas telemáticamente o bien pedir cita previa. Para contactar con el Servicio de Atención a la Ciudadanía, pueden encontrar la información actualizada en la página web del departamento.

► Información pública que se puede pedir

Mediante este formulario se puede solicitar al Ayuntamiento cualquier información elaborada por esta administración y la que tiene en su poder, teniendo en cuenta los límites de acceso que la ley prevee en los artículos 20 a 25 de la ley 19/2014

Para otras cuestiones (Avisos, Quejas y Sugerencias) se debe utilizar el trámite correspondiente.

► Datos de las peticiones recibidas y resoluciones

Se pueden consultar los datos de las peticiones de información y las resoluciones, así como la temática solicitada y el perfil de las personas solicitantes desde 2016. 

► Reclamaciones

Todas aquellas personas que hayan solicitado una información al Ayuntamiento y les ha sido denegada total o parcialmente, pueden presentar una reclamación ante la Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública (GAIP). También se puede hacer reclamación por recurso de reposición y contencioso administrativo.