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Prohibido encender fuego hasta mediados de octubre para prevenir los incendios forestales

Hasta el próximo 15 de octubre, todas aquellas actividades que comporten un cierto riesgo de incendio forestal (quemar matojos, uso de sopletes en obras cerca de terrenos forestales, tirar cohetes o fuegos artificiales, etc) deberán ser autorizadas previamente por parte del Ayuntamiento de Rubí. Esta medida se toma de acuerdo con la Ley y el Reglamento de incendios forestales de Catalunya, que prohíbe estas acciones entre el 15 de marzo y el 15 de octubre con el objetivo de prevenir los incendios forestales. <br /><br />De esta manera, para obtener la autorización será necesario que los interesados dirijan al Ayuntamiento una solicitud, en la que se deberá indicar el motivo y el lugar donde se hará la actividad en cuestión. Aún así, en el caso de que el fuego o el uso de sopletes se tenga que realizar en un terreno forestal o bien en la franja de 500 m que lo rodea, el Ayuntamiento tendrá que tramitar la autorización a la Dirección general de Medio Natural del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda. <br /><br />Asimismo, todas las personas que tengan previsto hacer fuego en Rubí entre el 16 de octubre y el 14 de marzo, fuera del plazo de prohibición de fuego, también lo deberán comunicar previamente al Ayuntamiento.<br />