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El Ayuntamiento regula el uso de estufas en terrazas y unifica los colores y los materiales de sombrillas, mesas y sillas El Pleno ha aprobado provisionalmente la ordenanza que entrará en vigor previsiblemente a finales de https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

El Ayuntamiento regula el uso de estufas en terrazas y unifica los colores y los materiales de sombrillas, mesas y sillas

El Pleno ha aprobado provisionalmente la ordenanza que entrará en vigor previsiblemente a finales de
La entrada en vigor de la ley antitabaco, que impide fumar en los establecimientos de hostelería, ha provocado la proliferación de terrazas exteriores, donde sí se permite fumar, con elementos auxiliares como estufas para paliar el frío.

Para regularizar esta nueva situación, el Ayuntamiento de Rubí ha actualizado la normativa vigente posibilitando su colocación. También ha aprovechado para unificar los elementos que se colocan en las terrazas con el objetivo de minimizar y armonizar el impacto visual que en ocasiones provocan las sombrillas con colores excesivamente llamativos o los materiales de las sillas y mesas.

La nueva ordenanza sobre ocupación del espacio público con mesas, sillas e instalaciones análogas, podría entrar en vigor a finales del mes de abril pero habrá un tiempo de moratoria para que todos los establecimientos se adecuen a la nueva normativa, hasta principios de 2012. El pasado jueves pasó su primer trámite siendo aprobada de forma unánime en el Pleno Municipal. Ahora se encuentra durante 30 días en período de exposición pública para alegaciones y volverá al Pleno para aprobación definitiva a finales de marzo. Si supera este segundo trámite se publicará en el BOP y 20 días más tarde entrará en vigor.

El Ayuntamiento mantiene los tres tipos de autorizaciones de empleo que otorgan la actualidad: una para la temporada de verano, correspondiente a los 5 meses entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre, una segunda para la temporada de invierno, que se corresponde con los 7 meses que van desde el 1 de octubre al 30 de abril, y una última de temporada completa que comprende los 12 meses del año.
El coste anual para instalar una terraza toda la temporada (12 meses) es de 26,50 € por metro cuadrado. Si la terraza es para la temporada de verano (5 meses) el precio del metro cuadrado es de 19 € y, si se solicita por la temporada de invierno (7 meses) el metro cuadrado de superficie ocupada cuesta € 11.2.

La ordenanza regula desde el espacio que se ocupa a partir de módulos de 2,25 m2 formados por 1 mesa y 4 sillas, pasando por el uso y medidas de las jardineras que separan espacios, los tipos de estufas permitidas y los materiales y colores obligatorios para las mesas, sillas y sombrillas. La normativa también prevé los horarios de funcionamiento de las terrazas y las sanciones que se impondrán en caso de incumplimiento. Estas oscilan entre las 60 y 1.500 € y se aplicarán siguiendo los criterios de perturbación a la convivencia y tranquilidad de los vecinos, la gravedad y relevancia de daños causados al espacio público la obstrucción o perturbación del funcionamiento normal de un servicio público, la intencionalidad de la infracción y su reiteración.

Algunos ejemplos de regulación contemplados ordenanza

  • La ocupación de la vía pública no dificultará la circulación de peatones, el paso nunca será inferior al 1, 20 m (en las plazas o paseos centrales, el paso libre será, de como mínimo, de 2 metros ).
  • Jardineras: se autoriza una línea de jardineras o macetas para separar de la calzada. Máximo de ancho y altura del tiesto 0,50 my 2 m de largo. Altura máxima de la planta 1,80 m
  • Estufas: sólo modelos homologados por el Departamento de Industria de la Generalitat de Cataluña. Se podrán instalar a partir de una ocupación de más de 4 módulos (1 por cada 4 módulos)
  • Sillas y mesas: de aluminio y / o acero inoxidable (de madera en casos excepcionales)
  • Sombrillas: de material textil (lona o similar), impermeable, de un solo color (Marfil claro). Instalación condicionada a la anchura de la acera, sin publicidad que no sea la del propio establecimiento.
  • Superficies de ocupación: no se autorizará la ocupación en aceras de menos de 2 metros
  • Horarios:
    verano (hasta las 24 h de domingos a jueves y hasta el 1 Viernes, sábados y vísperas de festivos)
    invierno (hasta las 22 h todos los días de la semana)
    toda la temporada (no pueden iniciar su servicio antes de las 8 h de lunes a viernes, y no antes de las 10 h sábados, domingos y festivos