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El Ayuntamiento obligará a los locutorios a cumplir la nueva ordenanza municipal La Policia Local ya ha iniciado una campaña de inspección para controlar, por ejemplo, que no abran más tarde de les 12 de la noche ni vendan productos de alimentación. https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

El Ayuntamiento obligará a los locutorios a cumplir la nueva ordenanza municipal

La Policia Local ya ha iniciado una campaña de inspección para controlar, por ejemplo, que no abran más tarde de les 12 de la noche ni vendan productos de alimentación.

Desde el pasado 5 de octubre, el Ayuntamiento de Rubí ha iniciado una campaña de inspecciones periódicas en los locutorios de la ciudad con motivo de la entrada en vigor en el mes de julio de una ordenanza municipal que regula estos establecimientos. Ante la carencia de normativa en el Estado español al respecto, el consistorio ha impulsado esta iniciativa convirtiéndose en uno de los primeros municipios catalanes en implantarla. <br /><br />La campaña de inspección y control se hace semanalmente y de forma aleatoria entre la veintena de locutorios que funcionan actualmente en el municipio. Agentes de la policía local informan a los propietarios de los establecimientos sobre la normativa, les entregan un ejemplar de esta ordenanza, controlan que dispongan de la licencia de actividades, verifican que el local cumpla las medidas de seguridad y que su ubicación sea la correcta, entre otras cuestiones. <br /><br />La nueva ordenanza municipal establece que la franja permitida para realizar actividades en estos establecimientos en Rubí es de 8 a 24 horas máximo. Hasta ahora, el horario de funcionamiento no estaba limitado y no se podía sancionar si estos estaban aún abiertos tras las 12 de la noche. Asimismo, se prohíbe totalmente realizar actividades que no estén relacionadas con el servicio de telecomunicación, como es el caso de la venta de productos de alimentación. <br /><br />Otros aspectos que regula la nueva ordenanza hacen referencia a las características físicas del local, como por ejemplo que los locutorios se deben ubicar en una distancia mínima de 300 m respecto a otras actividades de locutorio, que las aceras situadas en frente del establecimiento tengan una anchura mínima de 2 m, que estén instalados en planta baja o que dispongan de una superficie útil mínima de 75 m2.<br />