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El 15 de junio se inicia el periodo para solicitar las ayudas tributarias por el IBI, la tasa de basura y la transmisión de vivienda Esta es una de las acciones del Paquete de medidads extraordinarias con 400.000 euros para destinar a estas ayudas. https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

El 15 de junio se inicia el periodo para solicitar las ayudas tributarias por el IBI, la tasa de basura y la transmisión de vivienda

Esta es una de las acciones del Paquete de medidads extraordinarias con 400.000 euros para destinar a estas ayudas.
A partir del próximo 15 de junio comienza el plazo para presentar las ayudas tributarias aprobadas por el pleno municipal dirigidos a las familias de la ciudad, con el objetivo de dar apoyo a las economías domésticas más desfavorecidas o en situación más precaria para afrontar la situación actual de crisis económica.

Esta es una de las acciones impulsadas por el Paquete de medidas extraordinarias que el equipo de gobierno ha puesto en marcha para mantener la cohesión social mediante el apoyo a las familias que están en situación económica más difícil. De hecho, el Ayuntamiento de Rubí es uno de los consistorios catalanes con más ayudas en forma de bonificaciones, subvenciones y exenciones fiscales. Para este ejercicio, el consistorio dispondrá de un total de 414.118 euros del presupuesto para destinar a estas ayudas en los seis supuestos que contemplan.

Las líneas de ayudas establecidas se pueden solicitar por el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), para la tasa de basura de las familias monoparentales y para el Incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana en el caso de la transmisión de la vivienda habitual en el caso de una dación en pago por una deuda hipotecaria o una ejecución hipotecaria.

En el caso del IBI, pueden solicitar la ayuda, por una cuantía que no podrá superar el 50% de la cuota íntegra anual con un límite de 250 €, personas mayores de 65 años, nacidas en 1948 o antes y personas en situación de desempleo con capacidad económica limitada, familias monoparentales y personas propietarias de inmuebles incluidos en el Catálogo y Plan Especial de Protección del Patrimonio arquitectónico, arqueológico y natural de Rubí. Las familias monoparentales podrán también solicitar una ayuda del 20% de la cuota íntegra por la tasa de recogida domiciliaria de basuras.

El pleno también ha aprobado establecer una línea de ayudas, para paliar los efectos de la crisis económica, en el caso de las transmisiones de la vivienda habitual que hayan sido realizadas de forma expresa por dación en pago de una deuda hipotecaria o si hay una ejecución hipotecaria. En este caso, la ayuda no superará el 95% del importe principal de la deuda en el caso del impuesto de plusvalía, sin incluir recargos, intereses o costas de la cuota total.

Requisitos comunes

  • Para pedir las ayudas hay una serie de requisitos generales que son:
  • Estar empadronado en el municipio de Rubí, con una antigüedad mínima de dos años de residencia en el municipio anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Constar como contribuyente del IBI del año en que se solicita la ayuda para la vivienda que constituya la residencia habitual, que debe coincidir con el padrón de habitantes.
  • No pueden constar como contribuyente, ni el solicitante ni las personas que vivan, de ningún otro inmueble, en este o en otro municipio, salvo una plaza de aparcamiento y / o trastero en Rubí siempre que no supere los 6.000 € de valor catastral.
  • Estar al corriente, tanto el peticionario como las personas que según el padrón de habitantes convivan con él, de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Rubí, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
  • Si el inmueble está integrado en un edificio destinado a viviendas de carácter plurifamiliar, éste deberá tener la consideración de entidad independiente a efectos catastrales.

Por otra parte, en el caso de los solicitantes mayores de 65 años y las personas en situación de paro, el conjunto de ingresos del solicitante y de los que, según el padrón municipal, convivan con él, deberán ser iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional vigente para 2013 (645,30 €/mes) si el solicitante reside solo, más un 45% más de este salario por cada persona de más que viva en la vivienda. Los parados, además, deben figurar como demandantes de trabajo inscritos en la Oficina de Trabajo de la Generalitat (OTG), las familias monoparentales tienen que tener el título de familia correspondiente, y los solicitantes de la ayuda para la plusvalía deberán cumplir el mismo requisito económico de ingresos y tener que abonar este impuesto por la transmisión de una vivienda habitual en el caso de dación en pago por una deuda hipotecaria o una ejecución hipotecaria. Todos estos requisitos deberán ir acompañados de la correspondiente documentación que los acredite en todos los casos.

La documentación se puede presentar en el Registro General del Ayuntamiento (OAC) hasta el 15 de octubre, excepto para el caso del impuesto del Incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía) que se pueden solicitar hasta el 31 de diciembre.