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El 14 de abril se inicia el periodo para solicitar las ayudas tributarias para el 2014 El Pleno de marzo aprueba las bases de las ayudas tributarias y también las bases para las subvenciones a entidades y asociaciones ciudadanas https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

El 14 de abril se inicia el periodo para solicitar las ayudas tributarias para el 2014

El Pleno de marzo aprueba las bases de las ayudas tributarias y también las bases para las subvenciones a entidades y asociaciones ciudadanas

El Pleno ordinario de marzo ha aprobado por unanimidad las bases reguladoras de las ayudas a personas con escasa capacidad económica que estén gravadas por el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), así como por el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía). También se incluyen las ayudas al IBI para familias monoparentales, así como a las personas físicas propietarias de inmuebles incluidos en el catálogo y el plan especial de protección de patrimonio de Rubí que estén gravadas por el impuesto sobre bienes inmuebles. Para la otorgación de estas ayudas, el Ayuntamiento de Rubí ha destinado cerca de 200.000 euros, partida que se podría ampliar en una segunda convocatoria si es necesario. Una de las novedades más destacadas de esta edición es que se ha subido el mínimo de ingresos un 30 % para que las ayudas puedan llegar a más personas.

Estas ayudas se suman a la bonificación de la tasa de basura para familias monoparentales, que se puede solicitar hasta el 24 de abril.

Para pedir las ayudas hay una serie de requisitos generales que son:

- Estar empadronado en el municipio de Rubí, con una antigüedad mínima de dos años de residencia en el municipio anteriores a la fecha de la solicitud.
- Constar como contribuyente del IBI del año en que se solicita la ayuda para la vivienda que constituya la residencia habitual, que debe coincidir con el padrón de habitantes.
- No pueden constar como contribuyente, ni el solicitante ni las personas que vivan, de ningún otro inmueble, en este o en otro municipio, salvo una plaza de aparcamiento y/o trastero en Rubí siempre que no supere los 10.000 € de valor catastral. Cuando se trate de una plaza de aparcamiento más un trastero, la suma del valor catastral de ambas fincas no podrá superar los 12.000 €.
- Estar al corriente, tanto el solicitante como las personas que según el padrón de habitantes convivan con él, de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Rubí, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
- Si el inmueble está integrado en un edificio destinado a viviendas de carácter plurifamiliar, éste deberá tener la consideración de entidad independiente a efectos catastrales.

Por otra parte, en el caso de los solicitantes mayores de 65 años y las personas en situación de paro, el conjunto de ingresos del solicitante y de los que, según el padrón municipal, convivan con él, deberán ser iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional vigente para 2014 incrementado en un 30% (€ 11.744,46 /anuales) si el solicitante reside solo, más un 45 % más de este salario por cada persona de más que viva en la vivienda. Los parados, además, deben figurar como demandantes de trabajo inscritos en la Oficina de Trabajo de la Generalitat (OTG), las familias monoparentales deben tener el título de familia correspondiente, y los solicitantes de la ayuda para la plusvalía deberán cumplir el mismo requisito económico de ingresos y tener que abonar este impuesto por la transmisión de una vivienda habitual en el caso de dación en pago por una deuda hipotecaria, ejecución hipotecaria o compraventa con condonación total o parcial de la deuda hipotecaria. Todos estos requisitos deberán ir acompañados de la correspondiente documentación que los acredite en todos los casos.

Como novedad este año, se introduce que en caso que entre los residentes en la vivienda haya alguna persona con grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido por el órgano competente de la Generalidad de Cataluña, se incrementará el baremo de ingresos en un 5% por cada una de las personas discapacitadas.

La documentación se puede presentar en el Registro General del Ayuntamiento (OAC) hasta el 17 de octubre, excepto para el caso del impuesto del Incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía) que se pueden solicitar hasta el 31 de diciembre.

Otras ayudas y subvenciones

La sesión ordinaria de este mes de marzo también ha aprobado las ayudas que se conceden anualmente a los centros educativos públicos de la ciudad para la realización de actividades o proyectos pedagógicos, para el mantenimiento correctivo de estos centros, así como para la realización de actos conmemorativos de inauguraciones y aniversarios.

Por otra parte, se han aprobado las bases para el otorgamiento de subvenciones para entidades y asociaciones ciudadanas y también se ha aprobado inicialmente la constitución del órgano especial desconcentrado 'Rubí, Servicios de Comunicación Audiovisuales”, así como su reglamento de organización y funcionamiento.