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Se abre el plazo para optar a ocho viviendas de protección oficial de la calle Lepanto en régimen de alquiler con opción de compra Las solicitudes se tienen que presentar en las oficinas de PROURSA, ubicadas en la calle General Prim, 33-35, antes del 20 de febrero https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

Se abre el plazo para optar a ocho viviendas de protección oficial de la calle Lepanto en régimen de alquiler con opción de compra

Las solicitudes se tienen que presentar en las oficinas de PROURSA, ubicadas en la calle General Prim, 33-35, antes del 20 de febrero

Actualmente, ocho pisos de las promociones de la calle Lepanto están disponibles.
Actualmente, ocho pisos de las promociones de la calle Lepanto están disponibles

El Ayuntamiento de Rubí ha abierto el periodo de presentación de solicitudes para optar al alquiler con opción de compra de 8 viviendas de protección oficial de las promociones de la calle Lepanto que han quedado libres, todas ellas de dos habitaciones. Las solicitudes se tienen que presentar, antes del 20 de febrero de este año, en las oficinas de PROURSA, situadas en la calle General Prim 33-35, 4ª planta.

El plazo del contrato de alquiler será de tres años en régimen de opción de compra, ampliable a dos años más a criterio del IMPSÒL. Los precios del arrendamiento de estas viviendas, que rondan los 360 euros al mes, se fijan para los módulos vigentes, ajustado a normativa, de 5'5 euros/m2 con respecto a las viviendas y de 2,4 euros/m2 en cuanto a las plazas de aparcamiento y trasteros. Este módulo estará sujeto a variaciones si se produjeran cambios en la normativa legal aplicable.

Requisitos de acceso
Las personas que quieran optar a una de estas ocho viviendas deben cumplir una serie de requisitos:

  • Estar inscrito en el Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección Oficial de Cataluña.
  • Que la persona solicitante esté empadronada en Rubí, con un año de antigüedad continuada, y que ésta se mantenga durante todo el período hasta la adjudicación definitiva; o bien que trabaje en la ciudad desde hace un año.
  • Los ingresos de la unidad de convivencia deben ser superiores a 9.000 €, en cómputo anual del año 2013 (ingresos brutos) o el que corresponda en cada convocatoria.
  • Que los ingresos de la unidad de convivencia ponderados sean inferiores a 4,21 veces el Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC): Zona A. 1 persona: 44.730,86 euros / 2 personas: 46.114,29 euros / 3 personas: 48.097,70 euros), en cómputo anual del año 2013.
  • Que las personas que constan en la solicitud no sean titulares del pleno dominio sobre alguna vivienda libre o protegida. Se exceptúa el propietario o copropietario que acredite de forma fehaciente que no puede hacer uso de su vivienda.
  • Que las personas no sean arrendatarias de una vivienda de protección oficial (VPO) en el momento de la firma del contrato.
  • Si se resulta adjudicatario, hacer una declaración de responsabilidad conforme se destinará la vivienda a domicilio habitual y permanente, de acuerdo con el Plan para el derecho a la vivienda.