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Las personas con escasa capacidad económica pueden solicitar ayudas para pagar el IBI hasta el 20 de julio Este año, el Ayuntamiento de Rubí ha universalizado estas ayudas tributarias y ha flexibilizado los criterios económicos para poder acceder a ellas https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

Las personas con escasa capacidad económica pueden solicitar ayudas para pagar el IBI hasta el 20 de julio

Este año, el Ayuntamiento de Rubí ha universalizado estas ayudas tributarias y ha flexibilizado los criterios económicos para poder acceder a ellas

Este año se han universalizado las ayudas tributarias, ampliando el abanico de ciudadanos que pueden optar a ellas (foto: Localpres).
Este año se han universalizado las ayudas tributarias, ampliando el abanico de ciudadanos que pueden optar a ellas (foto: Localpres)

El Ayuntamiento de Rubí ha abierto una nueva convocatoria de ayudas tributarias en la ciudad con el objetivo de mitigar la repercusión que el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) puede tener en personas con escasa capacidad econòmica. Los rubinenses que cumplan los requisitos establecidos en las bases, aprobadas en el Pleno municipal del mes de abril, pueden presentar las solicitudes hasta el 20 de julio.

Este año se han universalizado estas ayudas, que prevén sufragar el 50% del recibo del IBI hasta un límite de 250 euros. Así, ya no es necesario pertenecer a un perfil concreto para poder optar a estas ayudas económicas ─como ser una persona mayor, estar en paro o ser una familia numerosa o monoparental─, sino que esta convocatoria está abierta a las personas con escasa capacidad económica, sea cual sea su perfil.

En esta nueva convocatoria, el Ayuntamiento también ha ampliado y flexibilizado los criterios económicos, con el objetivo de que muchos más ciudadanos puedan beneficiarse de estas ayudas:

  • Hay que estar empadronado en la ciudad, en la vivienda para la que se solicita la ayuda, con una antigüedad mínima de un año ─antes se requerían dos─
  • Estar obligado al pago del IBI por un único inmueble en Rubí, que debe ser la vivienda habitual. Se considera que una plaza de aparcamiento y un trastero forman parte de la vivienda habitual siempre que no superen los 12.000 € de valor catastral en el caso del aparcamiento y los 15.000 € si también se incluye el trastero ─estos valores han aumentado respecto a otros años─
  • Las bases de este año permiten tener otras propiedades urbanas en un porcentaje máximo del 33% ─hasta el año pasado no se podía tener ninguna─
  • Si se es propietario de fincas rústicas, la suma de todas no puede superar los 5.000 euros
  • Para optar a las ayudas, también hay que estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Rubí, Hacienda y la Seguridad Social
  • Los límites de renta para el año 2015 oscilan entre los 12.748,37 euros en el caso de familias con un único miembro y los 22.309,64 euros para familias con 7 o más miembros
  • En caso de que haya alguna persona con discapacidad en el núcleo familiar, este baremo se incrementa en un 10% ─antes el incremento era del 5%─
  • Como novedad, en esta ocasión las familias monoparentales también disfrutan de un incremento del 10%
  • Otra de las novedades que se aplican este 2015 es que cuando se tengan cargas hipotecarias o de alquiler, este baremo se incrementa en 2.000 euros en el tramo que le corresponda

Presentación de solicitudes
Las solicitudes para optar a estas ayudas se pueden presentar en cualquiera de las dos Oficinas de Atención a la Ciudadanía (OAC): en la OAC Centro ─ubicada en la calle Narcís Menard, 13-17─ o en la OAC Les Torres ─situada en la rambleta Joan Miró, s/n─. El plazo para entregar la documentación finalizará el 20 de julio. Encontraréis más información en www.rubi.cat/ajuts.