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Las empresas y comercios ya pueden solicitar la exención o reducción de la tasa de basura Los beneficios fiscales se pueden solicitar hasta el 31 de enero a través de la Oficina de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona, ubicada en el paseo Pau Claris https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

Las empresas y comercios ya pueden solicitar la exención o reducción de la tasa de basura

Los beneficios fiscales se pueden solicitar hasta el 31 de enero a través de la Oficina de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona, ubicada en el paseo Pau Claris

Las solicitudes se pueden presentar hasta el 31 de enero (foto: Ramon Vilalta).
Las solicitudes se pueden presentar hasta el 31 de enero (foto: Ramon Vilalta)

Hasta el 31 de enero, las empresas y comercios de la ciudad pueden pedir la reducción de la tasa anual que deben abonar al Ayuntamiento por la recogida, tratamiento y eliminación de residuos procedentes de las actividades comerciales y no industriales, así como la exención de la tasa que afecta a los residuos asimilables a municipales procedentes de las actividades industriales, en el caso de las empresas.

En cuanto a la tasa por la prestación del servicio de recogida, tratamiento y eliminación de desechos generados por actividades y comerciales y no industriales, se contemplan reducciones para aquellos establecimientos que acrediten disponer de un sistema de gestión de residuos autorizado por la Agencia de Residuos de Cataluña. Estos descuentos se aplicarán por cada fracción de residuos ─cartón, papel, vidrio, envases y materia orgánica─ que se demuestre que se gestiona. Las cantidades bonificadas van desde los 44 € hasta los 132 €, en función de la fracción para la que se solicite la exención y de la actividad que desarrolle la empresa y/o comercio solicitante.

Hay que tener en cuenta que todas las cuotas de la tasa de residuos comerciales se redujeron en un 50% en 2015, una rebaja que se mantiene para el presente ejercicio. Por otra parte, los comercios de nueva implantación pueden disfrutar nuevamente de una bonificación del 90% que podrán solicitar durante todo el año.

En el caso de la tasa por la recogida, tratamiento y eliminación de residuos asimilables a municipales procedentes de las actividades industriales, tienen derecho a pedir la exención aquellas empresas que acrediten antes del 31 de enero que tienen contratado a un gestor autorizado para desarrollar estas tareas.

Las empresas y comercios interesados en solicitar estos beneficios fiscales deben presentar la documentación requerida a más tardar el 31 de enero
─a excepción de la bonificación del 90% para los comercios de nueva implantación─. Es necesario que entreguen una instancia y el certificado de la empresa que gestiona los residuos, especificando el contrato firmado con la empresa interesada y su duración, que no podrá ser inferior a un año. La instancia deberá ir acompañada de una solicitud cumplimentada y firmada por el administrador a nombre de la sociedad, una fotocopia del CIF de la sociedad, del DNI del administrador, de la escritura de poderes de la sociedad y de un certificado del gestor privado con sus datos.

Cuando se trate de una renovación, sólo será necesario presentar la certificación expedida por parte de la empresa autorizada que presta el servicio de recogida, tratamiento y eliminación de los residuos conforme el contrato tiene una vigencia, como mínimo, para el año del período impositivo.

Toda esta información se debe entregar a la Oficina de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona (ps. Pau Claris 38-40).