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La Oficina Local de Vivienda busca pisos de alquiler para incluirlos en el programa Reallotgem.cat de la Agencia de la Vivienda de Cataluña Los propietarios que se acojan al programa cobrarán por adelantado la renta de los primeros 18 meses de contrato y la fianza https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

La Oficina Local de Vivienda busca pisos de alquiler para incluirlos en el programa Reallotgem.cat de la Agencia de la Vivienda de Cataluña

Los propietarios que se acojan al programa cobrarán por adelantado la renta de los primeros 18 meses de contrato y la fianza

Reallotgem.cat es un programa de captación de pisos (foto: Ayuntamiento de Rubí - Xavier Olmos).
Reallotgem.cat es un programa de captación de pisos (foto: Ayuntamiento de Rubí - Xavier Olmos)

El Ayuntamiento de Rubí ha iniciado la búsqueda de pisos vacíos para ponerlos a alquiler dentro del programa Reallotgem.cat, que impulsa la Agencia de la Vivienda de Cataluña con el objetivo de alojar a familias que tienen informe favorable de la Mesa de emergencias. Las personas propietarias interesadas pueden ponerse en contacto con la Oficina Local de Vivienda a través del correo mml@ajrubi.cat.

Reallotgem.cat es un programa de captación de pisos vacíos que ofrece facilidades tanto a las personas titulares de los inmuebles como a los inquilinos. La Agencia de la Vivienda de Cataluña paga por adelantado el importe equivalente a 18 mensualidades con el objetivo de animar a las personas propietarias a ponerlos a alquiler y, al mismo tiempo, ayudar a los que, como consecuencia de la crisis sanitaria, necesitan una vivienda de alquiler. Se trata, por tanto, de un sistema de arrendamiento con garantías.

Para poder adherirse al programa, los pisos deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Disponer de cédula de habitabilidad vigente.
  • Estar en condiciones que permitan ocuparlos de manera inminente y tener de alta los suministros, o bien disponer de los boletines necesarios para poder darlos de alta.
  • Tener una superficie máxima útil de 90 m2. Se admitirán viviendas con superficie superior, pero las condiciones económicas máximas se regularán por este máximo de 90m2.
  • Apartamentos y apartahoteles que tengan aseo y cocina propia.

Una vez verificados todos los requisitos, la Agencia de la Vivienda de Cataluña formalizará un contrato de arrendamiento con la persona propietaria de la vivienda conforme a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

En el momento de la firma, la Agencia tramitará el pago, en una sola vez, de la renta de los primeros 18 meses de contrato y de la fianza.