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Empresas y comercios pueden pedir la reducción o la exención de la tasa de basura hasta el 31 de enero Los beneficios fiscales se pueden solicitar en la Masía de Can Serra, la OAC del centro o la Oficina de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

Empresas y comercios pueden pedir la reducción o la exención de la tasa de basura hasta el 31 de enero

Los beneficios fiscales se pueden solicitar en la Masía de Can Serra, la OAC del centro o la Oficina de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona

La tasa de la basura permite la recogida, el tratamiento y eliminación de los residuos.
La tasa de la basura permite la recogida, el tratamiento y eliminación de los residuos

Durante todo el mes de enero, las empresas y comercios de la ciudad pueden pedir la reducción de la tasa anual que tienen que abonar a la administración local para la recogida, tratamiento y eliminación de residuos procedentes de las actividades comerciales y no industriales. En el caso de las empresas, también pueden pedir la exención de la tasa que afecta los residuos asimilables a municipales procedentes de las actividades industriales.

Para la tasa de prestación del servicio de recogida, tratamiento y eliminación de desechos generados por actividades y comerciales y no industriales se contemplan reducciones para aquellos establecimientos que acrediten disponer de un sistema de gestión de residuos autorizado por la Agència de Residus de Catalunya. Los descuentos se aplicarán por cada fracción de residuos ─cartón, papel, vidrio, envases y materia orgánica─ que demuestren que gestionan. Las cantidades bonificadas van desde los 44 € hasta los 132 €, en función de la fracción para la cual se pida la exención y de la actividad que desarrolle el solicitante.

Además, los comercios de nueva implantación pueden disfrutar nuevamente de una bonificación del 90% que podrán solicitar durante todo el año.

En el caso de la tasa por la recogida, tratamiento y eliminación de residuos asimilables a municipales procedentes de las actividades industriales, tienen derecho a pedir la exención aquellas empresas que acrediten antes del 31 de enero que tienen contratado un gestor autorizado para desarrollar estas tareas.

Las empresas y comercios interesados a solicitar estos beneficios fiscales tienen que presentar la documentación requerida como muy tarde el 31 de enero ─a excepción de la bonificación del 90% para los comercios de nueva implantación─. Hace falta que entreguen una instancia y el certificado de la empresa que gestiona los residuos, especificando el contrato firmado con la empresa interesada y su duración, que no podrá ser inferior a un año. La instancia tendrá que ir acompañada de una solicitud rellenada y firmada por el administrador a nombre de la sociedad, una fotocopia del CIF de la sociedad, del DNI del administrador, de la escritura de poderes de la sociedad y de un certificado del gestor privado con sus datos.

Cuando se trate de una renovación, sólo habrá que presentar la certificación expedida por parte de la empresa autorizada que presta el servicio de recogida, tratamiento y eliminación de los residuos conforme el contrato tiene una vigencia, como mínimo, por el año del periodo impositivo.

La documentación se puede entregar a través de la Finestreta Única Empresarial (c/ Can Serra, 3 PAE CIT 5B La Llana, fuer@ajrubi.cat), la Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC) del Centro (c/ Narcís Menard, 13-17) o la Oficina de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona (ps. Pau Claris 38-40).