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El plazo para solicitar las ayudas municipales al IBI se inician este viernes Este año se ha mantenido la universalización de las ayudas y se han incorporado canvios en las bases para llegar a un mayor número de vecinos de Rubí https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

El plazo para solicitar las ayudas municipales al IBI se inician este viernes

Este año se ha mantenido la universalización de las ayudas y se han incorporado canvios en las bases para llegar a un mayor número de vecinos de Rubí

La Oficina de Atención a la Ciudadanía está ubicada en la plaza de Pere Aguilera (foto: Lídia Larrosa).
La Oficina de Atención a la Ciudadanía está ubicada en la plaza de Pere Aguilera (foto: Lídia Larrosa)

Los rubinenses  que quieran optar a las ayudas municipales para hacer frente al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) pueden tramitar su petición a partir de este viernes 17 de junio. El plazo se alargará hasta el 29 de julio y la gestión hay que hacerla en las instalaciones de la Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC).

Este año se mantiene la universalización de las ayudas que se impulsó el año pasado, por lo cual no habrá que formar parte de ningún colectivo específico ─personas grandes, parados, familias monoparentales o numerosas, etc─ para poder acceder a las bonificaciones.

Además, en esta nueva convocatoria se han incluido cambios destacados en las bases para intentar llegar a un número más grande de rubinenses. Así, se podrá acceder a estas ayudas a pesar de constar como propietario de otra finca, siempre que esta haya sido adquirida por herencia familiar de primer grado y las personas que vivan en ella también sean familiares de primer grado. También se han establecido diferentes tramos de ingresos a la hora de otorgar las ayudas, con el objetivo de alcanzar un mayor número de beneficiarios.

Requisitos a cumplir

  • Estar empadronado en la ciudad, en la vivienda para la que se solicita la ayuda, con una antigüedad mínima de un año
  • Estar obligado al pago del IBI por un único inmueble en Rubí, que debe ser la vivienda habitual. Se considera que una plaza de aparcamiento y un trastero forman parte de la vivienda habitual siempre que no superen los 12.000 euros de valor catastral en el caso del aparcamiento y los 15.000 euros si también se incluye el trastero
  • Las bases de este año permiten tener otras propiedades urbanas siempre y cuando la propiedad haya sido adquirida mediante herencia familiar de primer grado y los residentes sean también familiares de primer grado
  • Si se es propietario de fincas rústicas, la suma de los valores catastrales de todas ellas no puede superar los 5.000 euros
  • Para optar a las ayudas, también se ha de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Rubí, Hacienda y la Seguridad Social
  • Los límites de renta para el año 2016 oscilan entre los 12.748,37 euros en el caso de familias con un único miembro y los 22.309,64 euros para familias con 7 o más miembros
  • En caso de que haya alguna persona con discapacidad en el núcleo familiar, este baremo se incrementa en un 10%
  • Las familias monoparentales también disfrutan de un incremento del 10%
  • Cuando se tengan cargas hipotecarias o de alquiler, este baremo se incrementa en 2.000 euros en el tramo que le corresponda