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El Ayuntamiento de Rubí explica el contenido del Plan especial de extractivas a la ciudadanía El documento analiza factores geológicos, ambientales, urbanísticos y de movilidad para establecer las condiciones de apertura, explotación y restauración de las actividades extractivas y de los depósitos controlados https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

El Ayuntamiento de Rubí explica el contenido del Plan especial de extractivas a la ciudadanía

El documento analiza factores geológicos, ambientales, urbanísticos y de movilidad para establecer las condiciones de apertura, explotación y restauración de las actividades extractivas y de los depósitos controlados

El Ayuntamiento ha organizado esta charla informativa con la voluntad de que la ciudadanía conozca el contenido del documento (foto: Localpres).
El Ayuntamiento ha organizado esta charla informativa con la voluntad de que la ciudadanía conozca el contenido del documento (foto: Localpres)

El Ayuntamiento de Rubí ha organizado este miércoles una reunión informativa abierta a toda la ciudadanía para explicar de forma pedagógica el contenido del Plan especial de regulación de actividades extractivas y su restauración. El documento, que fue aprobado inicialmente por la Junta de Gobierno Local del consistorio el pasado 15 de septiembre, tiene por objeto regular la apertura, explotación y restauración tanto de las actividades extractivas como de los depósitos controlados en todo el suelo no urbanizable de Rubí.

La charla ha contado con la presencia de miembros de la Mesa de seguimiento de los vertederos y de ciudadanos a título individual, así como de la alcaldesa, Ana María Martínez, de todos los concejales del equipo de gobierno y de concejales de las diferentes formaciones representadas en el Pleno municipal. La primera edil ha explicado que la voluntad de esta reunión ha sido "hacer una presentación pública del Plan de extractivas a toda la ciudadanía, y especialmente, a los integrantes de la Mesa de seguimiento de los vertederos, para explicarles el contenido inicial de este documento". Ana María Martínez también ha comentado que "el objetivo final es mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas y proteger el medio ambiente de la ciudad".

El plan, explicado en detalle
Uno de los miembros del equipo redactor del Plan especial de regulación de actividades extractivas y su restauración, José González Baschwitz, del Taller d'Arquitectura i Territori, ha explicado el contenido del documento a los asistentes.

En primer lugar, ha resumido el punto de partida del Plan especial: en Rubí hay una concentración inusual de actividades extractivas, que superan el 5% del territorio no urbanizable. Además, esta situación se ha agravado después de que muchos de estos agujeros se hayan restaurado creando depósitos controlados, en vez de restaurarse de manera tradicional ─con tierras procedentes de otras extractivas─. En este sentido, era necesario regular las condiciones específicas que deberán cumplir las explotaciones a lo largo de todo su proceso, desde la apertura y explotación hasta su restauración. "Con este Plan se quiere regular todo el ciclo vital de las explotaciones", ha explicado González Baschwitz.

Las Normas Urbanísticas del Plan establecen condiciones y limitaciones concretas en función de cuatro factores: geológico, ambiental, urbanístico y de movilidad.

En cuanto a las condiciones geológicas, se requiere que las nuevas implantaciones de actividades extractivas justifiquen que la calidad y cantidad del recurso a explotar es suficiente para compensar los inevitables impactos en el entorno. Por otra parte, los depósitos controlados sólo podrán implantarse donde haya existido una actividad extractiva previa.

En cuanto a las condiciones ambientales, todos los condicionantes ambientales establecidos por el Plan especial responden a entornos protegidos por el planeamiento territorial, urbanístico, sectorial o por la legislación vigente. "Se ha establecido una restauración progresiva, es decir, que a medida que se vayan abriendo nuevos agujeros, éstos deberán ir restaurándose, por lo que sólo haya un frente abierto de, como máximo, 2,5 ha en las zonas ambientalmente más sensibles", ha comentado González Baschwitz. Además, se ha marcado una distancia mínima de 1 km entre estas actividades.

En el caso de las condiciones urbanísticas, se proponen unas distancias mínimas para la implantación de las actividades extractivas en relación a cualquier núcleo de población de 300 metros ─que, en determinados casos, se pueden reducir a 150 metros─ y de 1.000 metros de equipamientos y centros destinados a grupos de población vulnerable ─centros escolares y docentes, centros hospitalarios, residencias para personas mayores─. En cuanto a los depósitos controlados de clase I, deberán respetar una separación mínima de 500 metros de cualquier núcleo de población, mientras que los de clase II y III sólo se admiten cuando todo el ámbito destinado a depósito controlado esté situado a más de 1.000 metros de cualquier núcleo de población.

En cuanto a las condiciones de movilidad, se exigen medidas correctoras para el mantenimiento de las vías de acceso y transporte de los materiales (extraídos o vertidos). También se limita el uso de determinados recorridos imponiendo restricciones de tráfico en los recorridos tangenciales a áreas urbanas habitadas.

En cuanto a la regulación prevista en las Normas Urbanísticas, cabe mencionar también que, con carácter general, y con el objetivo de evitar sobrepasar la capacidad de acogida del territorio de Rubí así como de garantizar la protección del medio natural, se limita la superficie abierta máxima hasta 15 ha para las explotaciones extractivas y hasta 15 ha más para los depósitos controlados ─actualmente, hay 40 ha de actividades extractivas operativas y 70 ha de depósitos controlados─. "Esto implica que no se podrán conceder nuevos permisos para actividades extractivas y depósitos controlados hasta que no se cierren las actuales y se alcancen estas 15 ha como máximo".

Finalmente, y en relación al seguimiento, control y clausura, se considera que, al tratarse de instalaciones que por sí mismas suponen un cierto deterioro del medio, no se pueden dejar inactivas ni se puede aplazar su restauración indefinidamente. En consecuencia, el Plan especial establece plazos de inactividad máximos, superados los cuales se declarará la caducidad de las licencias. El Ayuntamiento, con los medios legales correspondientes, podrá ordenar o ejecutar subsidiariamente el cierre y la restauración de las instalaciones.

El Plan también contempla un régimen transitorio para las actividades existentes con licencias en vigor.

José González Baschwitz también ha recordado que la aprobación inicial del Plan especial conlleva la suspensión de licencias urbanísticas en los ámbitos donde el Plan tiene incidencia.

El expediente del Plan especial estará expuesto al público durante un periodo de 45 días para que cualquier persona pueda examinarlo y presentar las alegaciones que considere oportunas.

El Ayuntamiento confía poder disponer del documento de aprobación provisional del Plan especial de regulación de actividades extractivas y su restauración entre los meses de enero o febrero.

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La charla informativa se ha celebrado en el auditorio de la Biblioteca Municipal Mestre Martí Tauler (foto: Localpres)
La charla informativa se ha celebrado en el auditorio de la Biblioteca Municipal Mestre Martí Tauler (foto: Localpres)
José González Baschwitz, del Taller d’Arquitectura i Territori, explicando el contenido del Plan especial (foto: Localpres)
José González Baschwitz, del Taller d’Arquitectura i Territori, explicando el contenido del Plan especial (foto: Localpres)