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El Ayuntamiento abre una consulta pública previa a la elaboración de la Ordenanza reguladora del ruido y las vibraciones Las personas que quieran hacer sus aportaciones pueden hacerlo hasta el 7 de marzo a través de la plataforma Participa Rubí https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

El Ayuntamiento abre una consulta pública previa a la elaboración de la Ordenanza reguladora del ruido y las vibraciones

Las personas que quieran hacer sus aportaciones pueden hacerlo hasta el 7 de marzo a través de la plataforma Participa Rubí

El ruido incide en la calidad de vida de las personas y, además, puede provocar efectos nocivos en la salud (foto: Ayuntamiento de Rubí).
El ruido incide en la calidad de vida de las personas y, además, puede provocar efectos nocivos en la salud (foto: Ayuntamiento de Rubí)

El Ayuntamiento quiere impulsar una ordenanza que regule el ruido y las vibraciones. El documento tendrá por objeto concretar los instrumentos jurídicos y técnicos necesarios para que se pueda dar una respuesta adecuada a las inquietudes de la ciudadanía sobre la contaminación acústica, con el objetivo de mejorar su calidad de vida.

El ruido incide en la calidad de vida de las personas y, además, puede provocar efectos nocivos en la salud y en el comportamiento, tanto individuales como sociales. Por este motivo, causa preocupación a la ciudadanía y se considera un agente contaminante más, desde que así se reconoció oficialmente por primera vez en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente Humano, reunida en Estocolmo en 1972.

Existe una amplia legislación estatal y autonómica sobre el ruido, pero resulta insuficiente en la aplicación local cuando se deben solucionar las problemáticas derivadas de las relaciones de vecindario, el comportamiento ciudadano, actividades de carácter público o privado, instalaciones, maquinaria, proyectos de construcción, etc. que generan molestias por ruidos o vibraciones.

En Rubí se recogen cinco tipos de quejas por ruido: ruidos por actividades y actos, ruidos producidos por animales, ruidos entre vecinos, ruidos en la vía pública y otros tipos de ruidos. Durante los últimos tres años, se ha registrado una media de 1.865 quejas por ruido, de las cuales sólo el 6% han terminado en denuncia. Por un lado, porque resulta difícil constatar las infracciones por ruido (por ejemplo, porque no se localiza la fuente) y, por otro, por una carencia de instrumentos reguladores municipales necesarios para prevenir y corregir la contaminación acústica.

En este sentido, la ordenanza que se propone debe concretar los instrumentos jurídicos y técnicos necesarios para dar una respuesta adecuada a las inquietudes de la ciudadanía en relación con la contaminación acústica. "El ruido es un factor de calidad ambiental crítico en las ciudades. Por eso en Rubí nos dotaremos de un instrumento específico para su control y regulación", ha explicado el concejal de Medio Ambiente, Transición Ecológica y Bienestar Animal, Andrés Medrano Muñoz.

 

Objetivos de la ordenanza

La Ordenanza tendrá por objetivo regular las medidas e instrumentos municipales necesarios para prevenir y corregir la contaminación acústica. Quedarán sometidos a la Ordenanza cualquier instalación, maquinaria, proyecto de construcción, relaciones de vecindario, comportamiento ciudadano o actividad de carácter público o privado, de acuerdo con lo que establezca la norma, susceptibles de generar contaminación acústica por ruido, por vibraciones o por ruido y vibraciones.

La normativa se complementará con alternativas no regulatorias, como por ejemplo campañas informativas y de sensibilización ambiental o actuaciones por parte de las agentes por el civismo y el Servicio de Mediación.

 

Consulta pública previa

El Ayuntamiento de Rubí habilita una consulta previa a través de la plataforma Participa Rubí para crear un espacio de interlocución entre la ciudadanía y la administración para que los y las rubinenses puedan aportar sus opiniones, necesidades, propuestas y expectativas para disponer de unos valores compartidos por todas las personas con objeto de mejorar la calidad acústica del municipio.

Este espacio de consulta se habilita previamente a la elaboración de la ordenanza, con el fin de recabar, durante el plazo de 15 días hábiles, la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones afectadas por la norma.