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Medidas del Ayuntamiento de Rubí Medidas vigentes del Ayuntamiento de Rubí para hacer frente a los efectos de la Covid-19. https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

Medidas del Ayuntamiento de Rubí

Medidas vigentes del Ayuntamiento de Rubí para hacer frente a los efectos de la Covid-19.

 

Modificación de las condiciones de pago


Prorrateo por ocupación o servicios efectivamente realizados de las tasas del mercadal, tasa para la prestación de servicios del Mercado municipal y tasas por la ocupación del dominio con terrazas. En el caso de los recibos ya liquidados, se procederá a la devolución de ingresos proporcional en el periodo del estado de alarma.

 
Tramitación

El Ayuntamiento de Rubí realiza directamente esta prórroga. No hay que hacer ningún trámite.

 

Nuevo calendario fiscal de los tributos


  • Ampliación del plazo de pago voluntario: en las liquidaciones que se encuentran en periodo de pago, el límite de pago pasa a ser el 5 de mayo.
  • Aplazamiento del impuesto de vehículos de tracción mecánica: la fecha límite de pago será el 3/7/2020 y los recibos domiciliados se cargarán en el banco el 1/07/2020.
  • Cambio en el calendario fiscal del IBI para aquellos contribuyentes que tengan domiciliado el pago:
    • 1ª fracción: 2/6/2020
    • 2ª fracción: 3/8/2020
    • 3ª fracción: 1/10/2020
    • 4ª fracción: 1/12/2020 (no se modifica)
  • Cambio en el calendario fiscal de la tasa de vados para aquellos contribuyentes que tengan domiciliado el pago:
    • 1ª fracción: 2/6/2020
    • 2ª fracción: 2/11/2020
  • Cambio en el calendario fiscal de la tasa para la recogida de residuos comerciales e industriales para aquellos contribuyentes que tengan domiciliado el pago:
    • 1ª fracción: 2/06/2020
    • 2ª fracción: 3/8/2020
    • 3ª fracción: 1/10/2020
 
Consultas y tramitación

Las consultas se pueden formular a través de la web de la ORGT (www.orgt.diba.cat) seleccionando el municipio de Rubí, por correo electrónico (orgt.atenciociutadana@diba.cat) o por teléfono (93 202 98 02).

 

¿Qué hay que hacer si disponéis de un documento con el plazo de pago vencido?

  • Si se trata de un recibo de cobro periódico, dado que su plazo de pago ha sido ampliado, podéis efectuar el pago con el mismo recibo:
    • Pago en los cajeros automáticos habilitados al efecto, en la dirección http://orgt.cat/pagartributs o bien por teléfono, llamando al número 93 202 98 02.
  • Si se trata de una liquidación de ingreso directo, dado que su plazo de pago se ha visto ampliado, podéis:
    • Descargaros un nuevo documento de pago en http://orgt.cat/pagartributs, desde donde también podréis efectuar el pago, o bien efectuar el pago por teléfono, trucando al número 93 202 98 02.
  • Si se trata de la notificación de la provisión de constreñimiento, dado que su plazo de pago se ha visto ampliado, podéis:
    • Descargaros un nuevo documento de pago en http://orgt.cat/pagartributs, desde donde también podréis efectuar el pago, o bien efectuar el pago por teléfono, llamando al número 93 202 98 02.

 

Flexibilización fiscal


  • Se han suspendido todos los embargos por deudas con el Ayuntamiento.
  • No se genera ningún recargo por impago.
  • Los intereses de demora por las deudas están interrumpidos.

 

Ayudas SOREA


Las pymes y los autónomos podrán solicitar a SOREA la congelación del pago de las facturas de suministro de agua emitidas durante la vigencia del estado de alarma. Una vez finalice el estado de alarma, se financiarán sin intereses y hasta un periodo máximo de 6 meses.

 

Subvenciones 2020 para el comercio urbano, la hostelería y los servicios de proximidad afectados por la Covid-19 CERRADA


Ayuda económica de hasta 1.200 euros destinada a fomentar la supervivencia económica de los establecimientos comerciales y de servicios de proximidad del municipio de Rubí que han visto afectada su actividad por la declaración del estado de alarma.

 

Tramitación

Las solicitudes se pueden tramitar desde el 31 de agosto hasta el 13 de octubre de forma telemática a través de la Sede electrónica. También se puede realizar el trámite presencialmente a través de la Ventanilla Única Empresarial (FUER) con cita previa.

Para más información

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