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Rubí aprueba el código de conducta para los altos cargos municipales El pleno correspondiente al mes de octubre aprueba el documento y la comisión de seguimiento https://www.rubi.cat/@@site-logo/ajuntament-de-rubi.png

Rubí aprueba el código de conducta para los altos cargos municipales

El pleno correspondiente al mes de octubre aprueba el documento y la comisión de seguimiento

El Código se ha aprobado en pleno municipal (Foto: Ayuntamiento/ Localpres).
El Código se ha aprobado en pleno municipal (Foto: Ayuntamiento/ Localpres)

El Ayuntamiento ha aprobado el Código de Conducta de los Altos Cargos que marca los principios éticos y las normas de conducta entre las personas con cargos superiores. La Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno establece que los entes locales tienen que elaborar un código de conducta de sus altos cargos que concrete y desarrolle los principios de actuación establecidos en esta ley, establezca otras de adicionales, si procede, y determine las consecuencias de incumplirlo.

El regidor de Transparencia, Pau Navarro Cano, considera que esta aprobación es un paso importante. Así lo ha dicho: “el código de conducta, además de una herramienta de transparencia y rendimiento de cuentas, es un compromiso político y una gran oportunidad de acercar institución y ciudadana”.

El código se aplica a los representantes electos, a los titulares de órganos superiores y directivos, los miembros de los órganos de gobierno, cargos directivos de organismos autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles con capital sociales íntegramente público. Los cargos de confianza o de asesoramiento especial también se tienen que regir por esta norma.

La normativa, que se basa en un documento de la Red de Gobiernos Transparentes, promueve aspectos como el respecto a los derechos fundamentales y las libertades públicas, la integridad y la ejemplaridad, la igualdad de trato, la imparcialidad, la independencia y la neutralidad, así como la responsabilidad y la profesionalidad como principios éticos que tienen que guiar las actuaciones de los altos cargos. El código también exige el cumplimiento de las funciones encomendadas con objetividad y veracidad.

Además, la norma marca como es debido actuar ante los conflictos de intereses. En este sentido, obliga a actuar con independencia, abstenerse a participar en algunos supuestos, no aceptar regalos, donaciones o invitaciones de particulares, seguir criterios objetivos en la toma de decisiones. En este sentido, el ayuntamiento ha estado trabajando internamente para crear sistemas de gestión interna que permita la publicación de las agendas y otras actividades institucionales, en especial las relacionadas con los grupos de interés.

El cumplimiento de esta reglamentación irá a cargo de la Comisión de Seguimiento y que estará formada por un representante de cada grupo municipal.